Instalaciones de Telecomunicaciones

– ¿Qué voy a hacer?

La competencia general de este título consiste en montar y mantener instalaciones de telecomunicaciones y audiovisuales, instalaciones de radiocomunicaciones e instalaciones domóticas, aplicando normativa y reglamentación vigente, protocolos de calidad, seguridad y riesgos laborales, asegurando su funcionalidad y respeto al medio ambiente.

– ¿Qué capacidades voy a adquirir?

Este profesional será capaz de:

1. Establecer la logística asociada al montaje y mantenimiento, interpretando la documentación técnica de las infraestructuras, instalaciones y equipos.
2. Configurar y calcular instalaciones de telecomunicaciones, audiovisuales, domóticas y eléctricas de interior, determinando el emplazamiento y características de los elementos que las constituyen, respetando las especificaciones y las prescripciones reglamentarias.
3. Elaborar el presupuesto de montaje o mantenimiento de la instalación o equipo.
4. Acopiar los recursos y medios para acometer la ejecución del montaje o mantenimiento de las instalaciones y equipos.
5. Replantear la instalación de acuerdo a la documentación técnica, resolviendo los problemas de su competencia e informando de otras contingencias, para asegurar la viabilidad del montaje.
6. Montar o ampliar equipos informáticos y periféricos, configurándolos, asegurando y verificando su funcionamiento, en condiciones de calidad y seguridad.
7. Instalar y configurar software base, sistemas operativos y aplicaciones asegurando y verificando su funcionamiento, en condiciones de calidad y seguridad.
8. Montar los elementos componentes de las infraestructuras e instalaciones (canalizaciones, cableado, armarios, soportes, entre otros) utilizando técnicas de montaje, en condiciones de calidad, seguridad y respeto al medio ambiente.
9. Instalar los equipos (cámaras, procesadores de señal, centralitas, entre otros) utilizando herramientas de programación y asegurando su funcionamiento, en condiciones de calidad y seguridad.
10. Mantener y reparar instalaciones y equipos realizando las operaciones de comprobación, ajuste o sustitución de sus elementos y reprogramando los equipos, restituyendo su funcionamiento en condiciones de calidad, seguridad y respeto al medio ambiente.
11. Verificar el funcionamiento de la instalación o equipo realizando pruebas funcionales y de comprobación, para proceder a su puesta en servicio.
12. Elaborar la documentación técnica y administrativa de la instalación o equipo, de acuerdo con la reglamentación y normativa vigente y con los requerimientos del cliente.

– Al finalizar mis estudios ¿de qué puedo trabajar?

– Instalador de telecomunicaciones en edificios de viviendas.
– Instalador de antenas.
– Instalador de sistemas de seguridad.
– Técnico en redes locales y telemática.
– Técnico en instalación y mantenimiento de redes locales.
– Instalador de telefonía.
– Instalador-montador de equipos telefónicos y telemáticos.
– Técnico en instalaciones de sonido.
– Instalador de megafonía.
– Instalador-mantenedor de sistemas domóticos.
– Técnico instalador-mantenedor de equipos informáticos.
– Técnico en montaje y mantenimiento de sistemas de radiodifusión.

– ¿Cuál es el plan de formación?

Los módulos profesionales de este ciclo formativo son los siguientes:

– 0237 Infraestructuras comunes de telecomunicación en viviendas y edificios.
– 0238 Instalaciones domóticas.
– 0359 Electrónica aplicada.
– 0360 Equipos microinformáticos.
– 0361 Infraestructuras de redes de datos y sistemas de telefonía.
– 0362 Instalaciones eléctricas básicas.
– 0363 Instalaciones de megafonía y sonorización.
– 0364 Circuito cerrado de televisión y seguridad electrónica.
– 0365 Instalaciones de radiocomunicaciones.
– 0366 Formación y orientación laboral.
– 0367 Empresa e iniciativa emprendedora.
– 0368 Formación en centros de trabajo.

– ¿Qué títulos son equivalentes?

La Ley Orgánica General del Sistema Educativo de 3 de octubre de 1990 (LOGSE)

– No existen equivalencias

Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa (FPI y FPII)

– No existen equivalencias

– ¿Qué puedo estudiar después?

Puedes hacer otro ciclo de grado medio o acceder directamente a un ciclo de grado superior por las cuotas de reserva de plaza que se establezcan en el procedimiento de admisión.
Si quieres seguir especializándote en la misma familia profesional, la siguiente tabla indica el nuevo título o títulos en que tendrías módulos superados o los podrías convalidar.

Opciones seguir estudiando Instalaciones telecomunicaciones

– Si ya tengo otro título o certificado de profesionalidad ¿qué me convalidan?

Las convalidaciones dependen de los estudios que se hayan obtenido. En términos generales, el régimen de convalidaciones se encuentra en el artículo 14 de los reales decretos por el que establece cada correspondiente título y que se puede consultar más abajo en la normativa. Además, si se tiene un título de formación profesional LOGSE se debe consultar el anexo IV de este real decreto. Además, el procedimiento general y algunas convalidaciones específicas figuran en la Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre, por la que se establecen convalidaciones entre módulos profesionales de formación profesional del Sistema Educativo Español y medidas para su aplicación y se modifica la Orden de 20 de diciembre de 2001, por la que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. Para aquellas personas que tengan un certificado de profesionalidad directamente relacionado con este título, pueden conocer asimismo las posibles convalidaciones en el anexo V.A. del Real Decreto del correspondiente título. Más información sobre convalidaciones.

– ¿Qué carnets o habilitaciones profesionales relacionadas con este título obtengo o puedo necesitar?

Este título de formación profesional LOE incluye la formación de nivel básico en prevención de riesgos laborales según Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

En cualquier caso, el presente título ni regula ni habilita para el ejercicio de profesiones reguladas.

Normativa

Título: Real Decreto 1632/2009, de 30 de octubre
Currículo MECD: Orden EDU/391/2010, de 20 de enero